Plazo máximo para el envío telemático
Desde el cese del trabajador, la empresa debe remitir el Certificado de Empresa al SEPE por vía telemática.
Orden TAS/3261/2006, de 19 de octubre
Cómo verificar un certificado de empresa. Para RH, bancos y notarios. Sin suscripción, pague por uso.
Análisis por crédito: tras la carga, se muestra el importe antes de cualquier pago (Stripe).
o
Formatos aceptados: ZIP, RAR, PDF, JPEG, JPG, PNG, HEIC (máx. 100 MB por archivo)
El Certificado de Empresa es el documento que expide la empresa cuando despide a un trabajador o finaliza una relación laboral. Contiene los datos esenciales de la extinción del contrato y sirve principalmente para que la persona pueda tramitar prestaciones de desempleo ante el SEPE.
Cuando alguien le presenta este certificado, usted necesita verificar que viene del empleador correcto y que contiene toda la información que le corresponde según la ley.
La obligación de expedir este certificado recae sobre el empleador. Tras cualquier cese de contrato, la empresa debe enviarlo por vía telemática al Servicio Público de Empleo Estatal en el plazo que marca la normativa.
El documento se genera en el momento del cese: despido, renuncia, conclusión de obra, jubilación o cualquier otra causa que termine la relación laboral. La persona que se presenta ante usted debe tenerlo si acaba de dejar su empleo.
Razón social, CIF y cuenta de cotización de la empresa; nombre, DNI/NIE y número de Seguridad Social del trabajador; fechas de alta y baja; bases de cotización de los últimos 180 días; y causa del cese. Si falta alguno de estos campos, es un defecto grave.
El envío telemático es obligatorio dentro de los 10 días naturales desde el cese. Si el documento que usted revisa tiene una antigüedad sospechosa o presenta fechas inconsistentes, verifique que se haya cursado a tiempo.
El Certificado de Empresa lo emite el SEPE o la propia empresa, y siempre lleva los mismos datos clave. Aquí te mostramos qué buscar para saber si es legítimo.
El nombre completo de la empresa y su número de identificación fiscal (CIF) deben aparecer claros. Verifica que coincidan con el registro mercantil si tienes dudas.
Todos tus datos personales han de estar aquí: nombre completo, número de identificación y número de la Seguridad Social. Si falta alguno, el documento no es válido.
Aparecen las dos fechas que enmarcan tu relación laboral. Comprueba que sean correctas y que correspondan a los períodos en los que realmente trabajaste.
El certificado debe incluir un resumen de las bases sobre las que se cotizó en tu último período. Esto sirve para calcular prestaciones de desempleo si las solicitas.
Tiene que constar por qué terminó tu contrato: despido, renuncia, fin de obra, jubilación, etc. La causa afecta a tus derechos posteriores.
El documento incluye la firma del representante legal o el sello oficial del SEPE. Sin esto, carece de validez legal.
Aparece cuándo se generó el certificado. Recuerda que la empresa tiene 10 días naturales desde tu cese para enviarlo al SEPE de forma telemática.
Cuando un candidato o un trabajador le presenta un Certificado de Empresa, usted necesita verificar que sea auténtico y completo. Este documento acredita el cese laboral ante el SEPE y es fundamental para que la persona acceda a prestaciones por desempleo. Un certificado falso, incompleto o manipulado puede exponerlo a usted a consecuencias legales y financieras, además de facilitar fraude en la solicitud de subsidios.
Como reclutador, gestor de crédito, notario o arrendador, su responsabilidad es cerciorarse de que los datos coinciden con la realidad. La empresa que cesa al trabajador tiene la obligación legal de enviar este documento al SEPE en plazo. Si usted lo acepta sin verificar, puede estar facilitando indirectamente un engaño que afecta al sistema de protección social.
Desde el cese del trabajador, la empresa debe remitir el Certificado de Empresa al SEPE por vía telemática.
Orden TAS/3261/2006, de 19 de octubre
Un Certificado de Empresa falso te expone a sanciones y problemas legales. Aquí tienes los puntos clave para verificar si el que tienes en las manos es legítimo.
El auténtico Certificado de Empresa lo emite el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a través del sistema telemático Certific@2, o bien la propia empresa. Si en el documento pone otra entidad como emisora, desconfía. Consulta directamente en https://sede.sepe.gob.es para confirmar que ese trámite existe.
El certificado debe incluir: razón social exacta, CIF de la empresa, y código de cuenta de cotización (CCC). Si falta alguno de estos, o si están mal escritos, es una bandera roja. Cruza los datos con el registro mercantil o consulta al departamento de recursos humanos de la empresa.
Verifica que aparecen tu nombre completo, DNI/NIE y número de Seguridad Social correctos. Las fechas de alta y baja deben coincidir con tu contrato real. Si hay discrepancias, el documento no es válido.
El certificado debe detallar las bases de cotización de los últimos 6 meses antes del cese. Si están en blanco o con cifras que no reconoces, contacta con la empresa para obtener un documento correcto. Estas bases son cruciales para tus prestaciones.
Debe aparecer explícitamente por qué terminó la relación laboral: despido, dimisión, fin de contrato temporal, jubilación, etc. Sin esta causa, el trámite no es completo. Según la Orden TAS/3261/2006, es un dato obligatorio.
El certificado debe haberse enviado telemáticamente al SEPE dentro de 10 días naturales desde el cese. Si ha pasado más tiempo o no consta que se envió por vía telemática, la empresa ha incumplido la normativa. Pide comprobante de envío.
Si el certificado no pasa estas comprobaciones, reclamalo de inmediato a la empresa por escrito o contacta con el SEPE para reportar el incumplimiento.
El Certificado de Empresa (Certific@2) que emite el SEPE tiene unos datos tan específicos que es casi imposible falsificarlos sin dejar huellas. Aquí van los detalles que te dirán si estás mirando un papel falso o uno legítimo.
El SEPE coloca un sello que incluye su logo, la fecha exacta de emisión y un código de verificación telemático. Si ese sello no está, está pixelado o parece fotocopiado varias veces, es falso. Los documentos legítimos salen del sistema Certific@2 con un sello cristalino, sin borrones.
Busca en el Registro Mercantil o en la web de la Agencia Tributaria el CIF, la razón social exacta y la CCC (Clave de Clasificación de Centros) de esa empresa. Si encontras pequeñas variaciones (por ejemplo, 'S.L.' vs 'SL', o un nombre ligeramente distinto), es una pista clara de falsificación. El SEPE extrae estos datos directamente de fuentes oficiales, así que no hay variaciones tipográficas.
¿El certificado dice que trabajaste desde 1995 sin interrupciones o que duraste exactamente 30 días? Revisa bien. El SEPE registra la afiliación desde el primer día de trabajo (no desde cuando 'te dieron de alta') y la baja es el mismo día del despido o renuncia. Si los períodos son redondos o poco realistas, es sospechoso.
Un Certificado de Empresa legítimo muestra las bases de cotización día a día o mes a mes de los últimos 180 días previos al cese. Si el documento simplemente pone una cifra total sin desglose, o si todas las bases son idénticas cada mes, levanta una bandera roja. Las cotizaciones varían por pagas, horas trabajadas y conceptos adicionales.
Comprueba que el DNI o NIE tenga el formato correcto y que la letra de control sea válida usando una calculadora online de DNI (está públicamente disponible). Si el número no cumple la regla de validación oficial, ese certificado es fabricado. El SEPE valida estos datos contra el Padrón Municipal y la Seguridad Social antes de emitir nada.
El certificado tiene que indicar explícitamente la causa: despido, dimisión, fin de contrato, jubilación, etc. Si dice 'fin de relación laboral' sin más detalle o si está en blanco, algo no cuadra. El SEPE obliga a registrar el motivo exacto en el momento de la baja, y esa información aparece en el documento.
El NSS tiene un código regional en los primeros dígitos. Por ejemplo, las provincias de Cataluña empiezan por números específicos, Andalucía por otros. Si el NSS no es coherente con la ubicación de la empresa o el domicilio del trabajador, es un indicio de fraude. Verifica el formato correcto en la web de la Seguridad Social.
La Orden TAS/3261/2006 obliga al SEPE a enviar telemáticamente el Certificado de Empresa en un plazo de 10 días naturales desde el cese. Si el documento tiene fecha de emisión a los 45 días o más, verifica directamente con el SEPE porque algo no cuadra. Esa tardanza es un patrón típico de falsificaciones que se hacen meses después del despido.
Cuando alguien le presenta un Certificado de Empresa, usted necesita verificar que es genuino. Este documento, emitido por la empresa tras el cese del trabajador, contiene datos críticos sobre la relación laboral. Un certificado falso o alterado puede usarse para solicitar prestaciones indebidamente o para engañar a terceros en transacciones comerciales.
Le mostramos a qué prestar atención: qué distingue un documento legítimo de uno sospechoso.
Un Certificado de Empresa legítimo debe cumplir con la normativa de la Seguridad Social y contener datos verificables. Aquí están las marcas que debe buscar:
Estas señales de alerta indican que el documento puede ser falso o haber sido alterado. No ignore ninguna de estas anomalías:
No existen datos públicos oficiales que cuantifiquen el volumen de Certificados de Empresa falsificados en circulación en España. El SEPE y las autoridades laborales no publican estadísticas específicas sobre este tipo de fraude documental.
Lo que sí sabemos es que el certificado es un documento crítico: se emite tras cada cese laboral y debe enviarse por vía telemática en 10 días naturales. Su falsificación es frecuente en procesos de selección, solicitudes de crédito y verificaciones de antecedentes, precisamente porque pocas personas lo validan en tiempo real.
¿Por qué circulan tantos falsos? Porque nadie verifica con el SEPE en el momento exacto en que se lo presentan a usted.
El Certificado de Empresa que emite el SEPE es un documento de control obligatorio. Aunque se genera telemáticamente, existen técnicas comunes que utilizan los falsificadores para modificarlo o crear versiones falsas. Usted debe saber cuáles son para no dejarse engañar cuando alguien le presente uno.
El falsificador cambia la fecha en la que el trabajador supuestamente entró o salió de la empresa. El riesgo para usted es que no podrá verificar si la persona trabajó realmente en ese período. Si es reclutador, le puede servir para ocultar un desempleo prolongado; si es acreedor, para simular una relación laboral que nunca existió. Siempre cotejen las fechas con otros documentos (contrato, nóminas anteriores).
Cambian el NSS, el nombre o el DNI/NIE para que parezca que otra persona trabajó en la empresa. Esto es especialmente peligroso si ustedes verifican la identidad de un candidato: pueden estar mirando datos de un tercero. Pidan siempre que el portador del certificado lo presente junto con su DNI en vigor.
Aumentan o reducen artificialmente las bases de cotización de los últimos 180 días para simular un salario más alto o más bajo. Si ustedes son una entidad de crédito evaluando solvencia, este dato inflado le hará parecer más apto para un préstamo de lo que realmente es. Soliciten una verificación directa con el SEPE si el monto les parece sospechosamente alto o bajo.
Escriben motivos de despido falsos (por ejemplo, 'causas económicas') cuando en realidad el trabajador fue despedido por justa causa o nunca trabajó. Ustedes pueden creer que se trata de un cese legítimo cuando hay antecedentes que lo desmienten. Cruzen siempre la causa de cese con las normas de prestación por desempleo: no todos los motivos dan derecho a la protección.
Modifican el CCC, la razón social o el CIF para que parezca que el trabajador estuvo empleado en una empresa diferente a la real. Esto puede servir para ocultar que trabajó en una compañía conflictiva o para simular empleo en una empresa fantasma. Siempre verifiquen el CIF de la empresa en el Registro Mercantil antes de confiar en el certificado.
El certificado debe enviarse telemáticamente en los 10 días naturales desde el cese. Un falsificador puede presentar un documento antiguo (de años atrás) o fuera de plazo como si fuera actual. Verifiquen la fecha de emisión y la fecha de cese: si pasan más de 10 días, algo no cuadra.
Descargan el PDF original del SEPE y lo editan con herramientas básicas, dejando errores visuales: fuentes inconsistentes, firmas borrosas, o sellos pixelados. Cuando usted recibe el documento, hágale zoom al sello oficial del SEPE y compruebe que no está pixelado ni tiene distorsiones. Si tiene dudas sobre la autenticidad, descárguelo directamente desde la sede electrónica del SEPE (sede.sepe.gob.es) pidiendo al interesado que lo recupere con su certificado digital.
Eliminan o cambian deliberadamente teléfono, email o dirección de la empresa para que usted no pueda verificarla. Si el certificado no tiene los datos de contacto completos, o parecen borrados, es una señal de alerta. Comprueben el domicilio y el teléfono de la empresa en el Registro Mercantil de forma independiente.
Cuando un candidato, un solicitante de crédito o un inquilino le presenta un Certificado de Empresa, su trabajo es verificar que sea auténtico. Un documento falsificado puede esconder impagos de cotizaciones, situaciones laborales irregulares o intentos de fraude.
A continuación, le mostramos cómo identificar los signos de alerta y qué acciones tomar si sospecha que el documento no es legítimo.
Si la empresa no envía el certificado en este plazo al SEPE, el proceso es irregular.
Orden TAS/3261/2006, de 19 de octubre
El Certificado de Empresa debe incluir la razón social y CIF de la empresa, el nombre y DNI/NIE del trabajador, el número de seguridad social, las fechas exactas de alta y baja, las bases de cotización de los últimos 180 días y la causa del cese. Si falta alguno de estos elementos, es una señal de que algo no va bien. Solicite una copia nueva directamente a la empresa o a través del SEPE.
El Certificado de Empresa debe estar emitido por el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) o directamente por la empresa. Compruebe que lleve sellos, firmas digitales o códigos de verificación del SEPE. Si el portador no puede justificar cómo lo obtuvo, o la empresa niega haberlo generado, considere que puede ser falso. Puede contactar directamente con el SEPE para validar la autenticidad.
Verifique que las fechas de alta y baja sean coherentes entre sí, que la causa del cese sea plausible (despido, renuncia, jubilación, etc.) y que correspondan con lo que le ha contado la persona. Si hay discrepancias o saltos temporales extraños, pida aclaraciones. Una contradicción entre el certificado y la historia laboral del candidato es motivo suficiente para rechazarlo o solicitar documentación adicional.
El SEPE mantiene registros de todos los Certificados de Empresa enviados telemáticamente. Si tiene dudas, acceda a Certific@2 (la plataforma oficial del SEPE) o solicite una confirmación oficial. Algunos registros también están disponibles a través del portal de la Seguridad Social. Esta verificación es especialmente importante si el monto de las bases de cotización parece anormalmente alto o bajo.
Si sospecha que el Certificado es falso o que la información es fraudulenta, no acepte el documento y presente una denuncia ante la Guardia Civil, la Policía Nacional o la Inspección de Trabajo. Notifique también al SEPE. Guardar el documento original y una copia de la conversación o comunicación que tuvo con el portador le ayudará en la investigación.
Cuando un trabajador cesa en su puesto, la empresa tiene la obligación legal de emitir este documento. Pero ¿cuándo puede solicitarlo? ¿Quién tiene derecho a recibirlo? Y lo más importante: ¿cómo sabe usted si el que le presentan es legítimo?
El Certificado de Empresa es un papel administrativo que la empresa debe enviar a la Seguridad Social de forma telemática. No es un documento que circule libremente ni que el trabajador lleve en el bolsillo como si fuera un carné. Entender quién puede solicitarlo y cuándo es clave para evitar caídas en trampas.
La empresa debe remitir el Certificado de Empresa al SEPE dentro de 10 días naturales desde el cese del trabajador
Orden TAS/3261/2006, de 19 de octubre
El trabajador que acaba de cesar, o sus representantes legales, pueden pedirle a la empresa que lo emita. Si usted actúa como reclutador, gestor de nóminas, abogado o responsable de verificación, su papel es distinto: usted recibe una copia o constancia de que el documento se ha tramitado. Desconfíe si alguien le presenta un certificado original sin poder explicar por qué lo tiene en la mano.
El certificado debe emitirse en el momento del cese o muy poco después, porque la empresa tiene un plazo legal para enviarlo telemáticamente al SEPE. No es un documento que deba pedirse meses después, ni que una persona pueda falsificar y entregar años más tarde. Si el portador le dice que lo obtuvo hace años para un empleo reciente, eso es una bandera roja.
El documento legítimo incluye la razón social de la empresa y su CIF, el nombre del trabajador con su DNI o NIE y su Número de Seguridad Social, las fechas exactas de alta y baja en el puesto, las bases de cotización de los últimos meses trabajados, y la causa del cese. Si falta alguno de estos datos o están borrados, incompletos o confusos, es motivo de alerta.
Sí. Si usted es gestor de recursos humanos, encargado de nóminas, trabajador social o abogado que representa a alguien, puede pedir constancia de que la empresa ha cumplido su obligación. Incluso como particular que busca verificar los antecedentes laborales de alguien, puede contactar con la empresa para confirmar que ese certificado existe y se emitió en la fecha que dice.
Este documento contiene información sensible sobre una persona: su historial laboral, fechas de empleo, razones por las que dejó el trabajo. Si alguien le lo muestra, tenga cuidado de no almacenarlo innecesariamente ni compartirlo sin motivo profesional legítimo. Úselo solo para la finalidad de verificación que tiene entre manos.
El Certificado de Empresa no es un papel que guardas en un cajón. Tiene una fecha límite muy clara: debes enviarlo al SEPE en telemático en cuanto cese la relación laboral. Si lo haces tarde, asumes riesgos de sanciones.
Tienes 10 días naturales desde el cese del trabajador para transmitir el certificado por vía telemática. No son días laborables: cuenta fin de semana incluido. La Orden TAS/3261/2006 lo deja sin ambigüedad.
Es el día en el que termina el contrato (despido, dimisión, jubilación, finalización de temporada). Desde ahí empiezan a contar los 10 días. Si el cese es un 15 de marzo, el plazo vence el 25 de marzo.
El SEPE necesita esta información para gestionar la protección por desempleo del trabajador. Si no llega a tiempo, pueden rechazar la solicitud de prestación o crear problemas administrativos. Para la empresa, es una obligación legal que no admite prórroga.
Solo vale el envío telemático a través de la plataforma Certific@2 del SEPE. Papel, fax o email personal del delegado no sirven. Accede a sede.sepe.gob.es, identifícate con certificado digital o DNI electrónico, y sube el formulario con los datos del trabajador, fechas, bases de cotización de los últimos 180 días y causa del cese.
Un certificado de empresa es un documento oficial que acredita la existencia legal y los datos básicos de una sociedad mercantil ante la Administración. Lo emite el Registro Mercantil y contiene información como la razón social, el domicilio, el objeto social y los administradores. Es el documento que necesitas cuando quieres demostrar que tu negocio existe y está debidamente registrado ante cualquier organismo público o privado.
La validez suele ser de tres meses a partir de su fecha de emisión. Pasado ese tiempo, si necesitas volver a usarlo, debes solicitar uno nuevo. Algunos trámites administrativos pueden aceptar certificados con unos días más, pero lo más seguro es renovarlo cuando vaya a caducar, especialmente si lo necesitas para un trámite importante.
Puedes solicitarlo a través del Registro Mercantil Provincial correspondiente al domicilio de tu empresa, de forma presencial, por correo o a través de la plataforma telemática del Registro Mercantil. El proceso es rápido: entregas la solicitud junto con tu DNI o NIF, pagas la tasa correspondiente (suele rondar los 5 euros) y recibes el documento el mismo día o en los próximos días si lo haces por correo.
Lo necesitas para múltiples trámites: abrir una cuenta bancaria empresarial, acceder a licitaciones públicas, solicitar ayudas o subvenciones, presentar ante clientes importantes, o cumplir requisitos en procesos legales. Básicamente, es tu acreditación de que la empresa existe y es quien dice ser ante cualquier administración o entidad externa.
La tasa oficial es de aproximadamente 5 euros, aunque el precio exacto puede variar ligeramente según el Registro Mercantil Provincial. Si lo solicitas de forma urgente o por servicios especiales de envío, el coste puede ser mayor, pero la emisión del documento en sí es muy económica.
No, necesitas estar ya registrado en el Registro Mercantil. Si tu empresa está en trámites de constitución pero aún no inscrita, el Registro no podrá emitirte un certificado. Una vez que la inscripción sea oficial (normalmente en 24 a 48 horas después de presentar la solicitud de constitución), entonces podrás solicitarlo.
El certificado de empresa acredita los datos de la sociedad como entidad legal. El certificado digital de representante acredita que eres tú quien tienes autoridad para actuar en nombre de la empresa. Son documentos diferentes: uno es sobre qué es la empresa, el otro es sobre quién puede hablar en su nombre.
Verifique ahora si el certificado que le presentan es auténtico.
¿Gestionas expedientes en cadena? Ver oferta profesional
DNI y documentos de identidad
Nóminas y documentos laborales
Empadronamiento y justificantes de domicilio
Nota simple y documentos inmobiliarios
Permiso de conducir y documentos del vehículo